lunes, 16 de septiembre de 2013



Resumen de ayudas y subvenciones del Plan Impulso 2013 publicadas en el BOA del 12/09/2013




CONVOCATORIA
RESUMEN
PUBLICACIÓN OFICIAL (BOA)
• Incentivos directos a la contratación de jóvenes desempleados menores de 30 años, desempleados de larga duración y mayores de 45 años
Resumen Contratación.pdf
BOA Contratación.pdf
• Programa contrato-innovación-tecnológica y Plan de contratación de doctores aragoneses en empresas
BOA Innovación.pdf
• Programa de garantía juvenil de acción exterior
Resumen Garantía Juvenil.pdf
BOA Garantía juvenil.pdf
• Ayudas de apoyo a la financiación de pymes
Resumen Financiación.pdf
BOA Financiación.pdf
• Ampliación de la convocatoria de subvenciones para emprendedores autónomos
Resumen Ampliación Emprendedores.pdf
BOA Ampliación Emprendedores.pdf
• Instalación de jóvenes agricultores y modernización de las explotaciones agrícolas
Resumen Jóvenes agricultores.pdf
BOA Jóvenes agricultores.pdf
• Ayudas para rehabilitación de viviendas
Resumen Viviendas.pdf
BOA Viviendas.pdf
• Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, de carácter social, sanitario y de discapacidad
Resumen Social.pdf
BOA Social.pdf
• Ayudas para el mantenimiento de empleo en Centros Especiales de Empleo
Resumen Centros Especiales.pdf
BOA Centros Especiales.pdf


NOTA: Los resúmenes efectuados por CREA son meramente informativos y carecen de valor normativo. La regulación de estas medidas se recoge en las órdenes y convocatorias correspondientes publicadas en el BOA de 12/09/2013 y aquellos anteriores a los que, en su caso, hagan referencia.

jueves, 5 de septiembre de 2013

  


"COMO FORMALIZAR PRESTAMOS ENTRE PARTICULARES PARA NO TENER PROBLEMAS CON HACIENDA"

 

A través del siguiente enlace se puede acceder a un modelo de préstamo personal de padres a hijo para que éste compre una vivienda: Modelo préstamo entre particulares. Ese modelo también puede servir para cualquier préstamo entre familiares o amigos para sacar adelante una empresa, o para cualquier otro apuro o capricho, sobre todo en estos tiempos en que los Bancos mantienen cerrado el grifo del crédito.
Evidentemente, si se trata de un préstamo existe obligación de devolver el dinero, al contrario que en una donación. La diferencia, desde el punto de vista fiscal, también es muy importante, ya que por el simple hecho de formalizar un préstamo no deben pagar ningún impuesto ni prestamista ni prestatario, mientras que una donación queda sujeta al Impuesto de Donaciones que puede resultar muy elevado (tarifa progresiva que puede llegar hasta el 34% para donaciones entre familiares directos y duplicarse para donaciones entre extraños), aunque lo cierto es que hay Comunidades Autónomas que en los últimos años han reducido mucho el impuesto a pagar en donaciones entre familiares directos (Madrid tiene bonificación 99%).
Lo que viene a establecer la Ley del IRPF (artículo 6.5) en relación con préstamos entre particulares es una presunción de que son retribuidos, pero cabe prueba en contrario. De hecho, lo habitual en préstamos entre familiares es pactar que sean gratuitos, o con intereses muy reducidos. Y no porque sean gratuitos podrá Hacienda automáticamente considerar que se trata de una donación, tal y como aclara la Dirección General Tributos en la Consulta Vinculante V1705-12 de 5/9/2012 sobre un préstamo de 1.000.000 € sin intereses y a devolver en 20 años: “En todo caso, aunque se hubiera previsto la ausencia total de intereses, el mero hecho de la existencia de un vínculo familiar entre las partes no implica sin más la existencia de una donación encubierta cuando se presenta ante la Oficina Gestora, en los términos antes expuestos, y se acredita la devolución, en los términos que prevea la escritura pública, del importe prestado”
En estos casos la normativa no es tan rigurosa como la del Impuesto sobre Sociedades que impone el cómputo de intereses a precios de mercado en préstamos entre una sociedad y sus socios o administradores (o familiares de éstos).
PARA EVITAR PROBLEMAS FISCALES, ES MUY IMPORTANTE QUE ESTOS PRÉSTAMOS ESTÉN PERFECTAMENTE DOCUMENTADOS Y, POR SUPUESTO, QUE SEAN REALES Y NO SIMULADOS
Así por ejemplo, unos padres que prestan 150.000 Euros a un hijo para que este compre o reforme su vivienda, deberían documentar tal operación formalizando un documento de préstamo bien en escritura pública o bien en documento privado. En ambos casos, y sobre todo si se formaliza en documento privado, debería presentarse ese documento ante la correspondiente Hacienda Autonómica autoliquidando el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, pero sin pagar nada, ya que es una operación EXENTA (artículo 45.I.B.15 Real Decreto Legislativo 1/993, Ley ITP y AJD). De esa manera, con el sello de la Hacienda Autonómica, el documento privado tendrá, al menos, una fecha fehaciente, con efectos frente a cualquier otra Administración Tributaria o tercero.
En la escritura o en el documento privado de préstamo (pasado por Hacienda) se pactarían unos intereses o bien la gratuidad del préstamo, así como la forma y plazo de devolución, en función de la edad del prestamista y del prestatario, de la capacidad de devolución del prestatario según sus rentas, etc. También resultaría muy conveniente que la entrega del dinero prestado así como las amortizaciones del mismo (y, en su caso, pago de intereses), queden muy claras a través de movimientos o transferencias bancarias.
Por otra parte, también es importante como medio de prueba que las personas obligadas a presentar declaración por el IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO (restablecido en España en principio sólo para 2011 y 2012, prorrogado para 2013 y que seguramente seguirá en 2014) reflejen el préstamo en dicha declaración, el prestatario como una deuda y el prestamista como un derecho de crédito, declarando el saldo correspondiente a 31 diciembre de cada año, que lógicamente se irá reduciendo en función de las amortizaciones.
Haciéndolo correctamente se pueden evitar muchos problemas:
-El hijo siempre podrá justificar ante la Administración Tributaria el origen de ese dinero, y evitar que la Hacienda Autonómica considere que ha sido una donación o que la Hacienda estatal considere que ha tenido un incremento no justificado de patrimonio. Es más, si ese préstamo le ha servido al hijo para la compra de su vivienda habitual, por el dinero que vaya devolviendo a sus padres podrá practicar deducción en su declaración de IRPF. Para adquisiciones a partir de 1 enero 2013 se ha eliminado la deducción por adquisición de vivienda habitual en IRPF, pero una persona que haya adquirido su vivienda antes de esa fecha con un préstamo bancario podría cancelarlo con el préstamo de un familiar o amigo y seguiría teniendo derecho a deducir por IRPF por las devoluciones que vaya haciendo de ese nuevo préstamo particular en los años siguientes.
-Los padres siempre podrán justificar ante Hacienda que el dinero que vayan recibiendo del hijo, bien poco a poco o bien de golpe al cabo de varios años, no es más que la devolución de un préstamo, y que no son por tanto rentas o donaciones por las que tengan que tributar.
-Además, documentando correctamente estos préstamos a familiares o amigos, así como sus devoluciones, siempre será más fácil su reclamación en caso de impago, y su acreditación, cuando por ejemplo unos padres han prestado dinero al hijo y a la esposa o pareja de éste, y luego hay problemas entre éstos. Desde luego, a estos efectos, siempre se pueden documentar estos préstamos entre particulares mediante escritura pública, incluso con garantía hipotecaria. Curiosamente, en estos casos (préstamo hipotecario entre particulares) no se paga ningún impuesto por la constitución de la hipoteca. Por el contrario, al formalizar una hipoteca concedida por un Banco debe pagarse un Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que puede suponer aproximadamente entre un 1,5% y un 2% aproximadamente.

miércoles, 17 de julio de 2013


 

La información fundamental que debe aparecer en el depósito de cuentas anuales



La legislación mercantil obliga a la aprobación de las cuentas anuales en los seis meses siguientes al cierre del ejercicio y, desde ese momento, las sociedades disponen de treinta días para depositarlas en el Registro Mercantil. Entendiendo que la inmensa mayoría de las empresas aplican el inicio y cierre de cada ejercicio con el año natural, eso supone que el 30 de julio termina el plazo para inscribir las cuentas anuales.
Aparte de la certificación de las cuentas que deben firmar los administradores societarios, hay una serie de información fundamental que debe aparecer en las cuentas depositadas.

El Balance

El Balance de Situación recoge la información relativa a los bienes y las deudas de la empresa y está dividido en dos partes, el Activo y el Pasivo. La diferencia entre ambos es el Patrimonio Neto, o sea, la diferencia entre lo que la empresa tiene y lo que debe.
El Activo se divide en Activo Corriente y No Corriente. El primero incluye el efectivo y los bienes convertibles en dinero en el plazo de 12 meses. Dentro de esta partida tenemos el dinero que tenemos en caja o en bancos, los saldos de las cuentas de clientes, las existencias de materias primas y productos disponibles en stock.
Dentro del Activo No Corriente tendremos bienes y derechos de propiedad de la empresa que puedan convertirse en dinero en un plazo superior al año: terrenos, edificios, muebles y enseres, equipos de oficina, ordenadores, maquinaria, vehiculos, etc.

La cuenta de Pérdidas y Ganancias

La cuenta de Pérdidas y Ganancias indica el resultado del ejercicio fiscal. A diferencia del balance, en el que podemos ver un historial de la vida del negocio, en la cuenta veremos el estado actual de la actividad mercantil.
En la cuenta de Pérdidas y Ganancias aparecen los ingresos y los gastos agrupados según su naturaleza. Los ingresos vendrán diferenciados según si vienen originados por la actividad económica en sí misma o si son subvenciones a la explotación, ingresos financieros o de índole extraordinaria. Los gastos se clasificarán también en una amplia variedad de conceptos: compras de aprovisionamientos, suministros, gastos de personal y seguridad social, arrendamientos, primas de seguros…
Como consecuencia de ésto, la cuenta de Pérdidas y Ganancias distingue entre el resultado de explotación, determinado por los factores anteriores, y el resultado financiero, originado por las inversiones financieras de la empresa y por los gastos derivados de financiación ajena. Ambos resultados confluyen en uno solo que será el resultado del ejercicio.

El Informe de Gestión

El informe de gestión contiene información detallada y fiel sobre la evolución de la empresa y la situación de la sociedad. Está dividido en dos partes, en una de ellas se analiza la evolución de la empresa, detallando los hechos y gestiones que han dado origen a la situación actual y en la otra se hace una proyección hacia el futuro de la evolución previsible. Se informa también en esta parte de las actividades realizadas en relación con la investigación y el desarrollo y las acciones propias.
La información que debemos contemplar es:
  • Una exposición fiel sobre la evolución de los negocios y la situación de la Sociedad que indicará la situación financiera y económica, concretando la gestión del riesgo financiero y el crédito y la posible exposición a problemas de liquidez y flujos de efectivo.
  • La evolución previsible de la Sociedad, analizando los riesgos a los que se enfrenta la sociedad relacionados con insolvencias, créditos, problemas de liquidez y de flujos de efectivo, así como las medidas a tomar para hacer frente a los mismos.
  • Relación de las actividades realizadas en materia de Investigación y Desarrollo.
  • Adquisiciones de acciones propias, relacionando los motivos de las compras y ventas realizadas en el ejercicio; el número y valor nominal de las acciones compradas o vendidas y el porcentaje de capital social que representan; el importe percibido por la venta de acciones y el número y valor nominal de las acciones conservadas en cartera.
  • Situaciones acontecidas posteriores al cierre del ejercicio. Desde el cierre del ejercicio y hasta la aprobación de las cuentas anuales pueden darse situaciones de relevancia que no aparecen en el balance ni en la cuenta de pérdidas y ganancias, pero si se recogen en la Memoria y el informe de gestión. Podemos poner por ejemplo una compraventa de acciones o participaciones.

El Estado de Flujos de Efectivo

Este informe permite conocer la capacidad que tiene la empresa para afrontar sus obligaciones de pagos así como a sus necesidades de liquidez. Aunque el nombre no invita a conocer su contenido, es fundamental para el funcionamiento de un negocio. Una empresa que no lleve cuenta del dinero que necesita generar y con qué antelación carecerá también de una planificación adecuada de gastos.
Deben contemplarse tres tipos diferentes:
  • FEAE o flujos de efectivo de las actividades de explotación. Son las transacciones monetarias realizadas a consecuencia de la actividad económica de la empresa: cobros de clientes, pagos a proveedores, intereses abonados o recibidos e incluye también el impuesto sobre beneficios. Se anotarán separadamente las diferencias temporales como los cobros y pagos efectuados en el ejercicio que provengan de operaciones realizadas en ejercicios anteriores. También se diferenciarán los anticipos o descuentos de papel como cobro adelantado a clientes.
  • FEAI o flujos de efectivo de las actividades de inversión. Pagos destinados a la adquisición de activo no corriente: inmovilizado, inversiones inmobiliarias o financieras, así como los cobros efectuados en el momento de la venta de estos bienes.
  • FEAF o flujos de efectivo de las actividades de financiación. Ingreso en cuentas de tesorería de préstamos o instrumentos de financiación concedidos por entidades de crédito o por terceros así como las cantidades pagadas destinadas a la devolución de los mismos; cobro procedente de la venta de títulos emitidos por la empresa; pagos a accionistas en concepto de dividendos.

El Informe Medioambiental

Es un documento destinado a proporcionar información de los elementos presentes en las cuentas que tienen impacto medioambiental, que se medirá en términos monetarios. El informe debe reflejar las medidas adoptadas por la empresa, dependiendo de su actividad, orientadas a controlar los efectos nocivos sobre el medio ambiente y a preservar su conservación.
No existe una forma rígida de elaboración de este informe, aunque sí hay ciertas partidas en las que podría centrarse la información a reflejar: si se utilizan materiales recliclados o renovables; si hay una inversión en el proceso productivo destinada a minimizar la emisión de gases a la atmósfera, los residuos y los vertidos o el consumo de agua y energía.
Se incluirá una evaluación de las alternativas de minoración del impacto medioambiental y un análisis de las posibles medidas a tomar para desarrollar una actividad más respetuosa con el medio ambiente. Se analizarán costes y consecuencias de tomar una decisión u otra. Las empresas que consideren que no es susceptible de elaboración de este informe presentarán sólo una declaración firmada por el administrador afirmando que no hay en las cuentas partida alguna de esta naturaleza.

La Memoria

La Memoria complementa, amplia y explica el contenido del Balance y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Pero, además, puede contener también otra información no incluida en los apartados anteriores. No tiene una estructura fija, pero sí hay unos contenidos mínimos que debe desarrollar de manera que los datos numéricos se vean apoyados por comentarios explicativos a modo de complemento.
La información mínima que debe contener la Memoria será:
  • La identificación de la empresa y de la actividad de la misma.
  • Bases de presentación de las cuentas anuales. Se incluirán aquí los principios contables aplicados así como los motivos que hubieran causado la falta de aplicación de los mismos. Se recogerá una comparación de la información recogida con la perteneciente al ejercicio anterior.
  • Distribución de resultados. Información relativa a la propuesta de distribución de beneficios y al posible reparto de dividendos a cuenta. Se incorporará el estado contable que muestre la disponibilidad de liquidez suficiente para el reparto.
  • Normas de valoración, incluyendo los criterios de valoración aplicados en las distintas partidas y los métodos de cálculo de las correcciones de valor: las cuentas expresados en moneda distinto al euro, incluido el procedimiento empleado para calcular el tipo de cambio; los métodos de amortización del inmovilizado, material e inmaterial y los criterios de contabilización de los contratos de arrendamiento financiero; los créditos comerciales, distinguiendo a corto y a largo plazo, reflejando la imputación a resultados de los intereses diferidos. Anotaremos las líneas de descuento y pólizas de crédito, indicando la parte dispuesta al cierre del ejercicio; los métodos de valoración de existencias; las subvenciones obtenidas y su criterio de imputación a resultados; la dotaciones para provisiones, especialmente las destinadas a la cobertura de pensiones y similares y el criterio de contabilización del impuesto sobre beneficios.
  • El activo inmovilizado. Se analizarán los movimientos de las partidas del resto de inmovilizado indicando el saldo inicial, las entradas y salidas y el saldo final.
  • Capital social. Si existen varias clases de acciones, se indicará el número y valor nominal de cada una de ellas.
  • Deudas. Importe de las deudas de duración residual superior a cinco años así como de las que tengan garantía real, indicando su forma y naturaleza.
  • Empresas de grupo y asociadas. Se identificará el nombre y domicilio de las empresas en las que la sociedad posea, directa o indirectamente, como mínimo el 3% del capital y cotizan el bolsa y el 20% para el resto. Se anotará el importe del capital, reservas y resultado del último ejercicio de aquéllas.
  • Gastos. Se desglosarán las cargas sociales y las aportaciones para pensiones. Se recogerán los créditos incobrables y las provisiones para insolvencias.
  • Situación fiscal, se informará de la antigüedad de los créditos por bases imponibles negativas y su plazo previsto de aplicación.
  • Las operaciones vinculadas identificando las partes, la naturaleza de la operación y su valoración.
  • Los plazos de pago a proveedores. Se anotarán el importe de los pagos a proveedores que haya cumplido los plazos fijados en la ley y el que los haya excedido.

lunes, 8 de julio de 2013

 

 
Comienza la Campaña del Impuesto sobre Sociedades, la Agencia Tributaria ofrece gran cantidad de información en su web.
 Normativa.
  • Cuestiones generales del impuesto.
  • Novedades 2012.
  • Programa de ayuda y Manual.

Normativa

Viene recogida en las siguientes disposiciones:

Cuestiones generales del impuesto

Novedades 2012

Para finalizar  el MANUAL y el PROGRAMA DE AYUDA para elaborar el Impuesto sobre Sociedades 2012.

miércoles, 29 de mayo de 2013

Los cambios en el IVA y en el impuesto de sociedades.



Adaptar nuestra empresa a los constantes cambios legislativos nos parece misión imposible, máxime cuando se han realizado cambios en impuestos tan importantes como en el IVA o en el impuesto de sociedades. Hay que destacar que todas las empresas creadas durante en ejercicio 2013, gozarán de un tipo impositivo durante dos años (15% y 20%) y que a partir del próximo año, las empresas con importe neto de cifra de negocios inferior a 2 millones de euros podrán acogerse al criterio de caja en el IVA.
Además, para este ejercicio, podemos aplicar una actualización de balances tal y como vemos en la infografía y hay que recordar que han desaparecido los tickets por las facturas simplificadas como elemento de emisión de factura en lugar del ticket. Ten en cuenta todas las novedades que afectan a tu empresa.

viernes, 17 de mayo de 2013


 


Google reta a los bancos al integrar su correo y su monedero Wallet

Dame tus datos... Te hago una transferencia desde el Gmail

 Los analistas de Deutsche Bank no parecían ir muy descaminados cuando el año pasado advirtieron en un informe que Google y Apple, entre otros gigantes tecnológicos, podrían arrebatar a la banca tradicional parte de su negocio en un plazo de tres a cinco años. El miércoles por la noche (hora local española), el buscador anunció que su popular servicio de correo Gmail tendrá una actualización en los próximos meses con el objetivo de integrarlo con Google Wallet, el monedero digital de Google, para que los usuarios puedan enviarse dinero de la misma manera que hoy se envían archivos adjuntos.
Según explicó Travis Green, director del producto Google Wallet, el único requisito necesario es que los dos usuarios que participen en la transferencia tengan una cuenta en Google Wallet. La multinacional, que celebra estos días su conferencia de desarrolladores en San Francisco, aclaro que, por ahora, el servicio solo estará disponible en EE UU y que solo estará permitido a mayores de 18 años. Otra limitación es que el envío de dinero solo está habilitado para hacerse desde un PC y no desde móviles. Google no dio detalles sobre la disponibilidad de este servicio en otros países.
Un método seguro
Google apuntó que la transferencia será gratuita cuando se utilice saldo de Google Wallet o cuando la cuenta bancaria del usuario esté enlazada con la cartera digital de la compañía de Mountain View. Por el contrario, el usuario deberá pagar una tarifa reducida cuando utilice tarjetas de crédito o débito para hacer la transferencia de dinero. En ese caso, tendrá que abonar una comisión de un 2,9%, con un mínimo de 0,30 dólares.
El usuario debe pagar una comisión del 2,9% si no usa el saldo de Google Wallet o si su cuenta no está enlazada con esta cartera digital
Green destacó que el que recibe la transacción no tiene que pagar nunca nada y puede rechazar sin problemas el dinero que le envían. El directivo también quiso resaltar que la solución es totalmente segura y añadió que Google Wallet Purchase Protection ofrece una cobertura del 100% contra pagos no autorizados.
Google sí ha establecido unos límites en el envío de dinero a través de Gmail y Google Wallet: las transacciones deben ser de un máximo de 10.000 dólares, aunque se puede llegar a los 50.000 en un periodo de cinco días.
La compañía también ha creado la carpeta Objects API en el servicio Google Wallet para guardar tarjetas de fidelidad de diferentes comercios. Gracias a esto y a los servicios de localización de Google, los usuarios podrán disfrutar de ofertas personalizadas cuando estén en una tienda o en un comercio, informó Europa Press. Algunas de las tiendas que ya cuentan con esta solución son Alaska Airlines, The Body Shop o Marriott Rewards.
Google defiende que el sistema es totalmente seguro y aclra que el envío tiene un límite de 10.000 dólares, aunque puede llegarse a 50.000 dólares en un plazo de cinco días
También los desarrolladores podrán unirse al nuevo monedero instantáneo, Instant Buy API, que hará que la compra de aplicaciones en la tienda del gigante de internet Google Play sea mucho más sencilla. Entre otras cosas, la solución proporciona a los desarrolladores una manera fácil y rápida de expedir un comprobante a los usuarios que adquieran su aplicación o su contenido digital. Los desarrolladores que utilicen esta API contarán con una plataforma de pagos seguros, libre de fraudes y protegido por el servicio de Google, defendió la firma.
Las aplicaciones que se integren con Google Wallet requerirán la última versión de Google Play Services, la cual se lanzará en todos los dispositivos Android en los próximos días.
Deutsche Bank ya apuntó que los bancos sufrirían una dura competencia de los titanes tecnológicos, que primero se introducirían en el mercado de transferencias comerciales y posteriormente en el de préstamos y depósitos. Habrá que ver hasta dónde llegan, pero Google ya ha pisado su acelerador en este terreno. Y entidades como Paypal y Mastercard le miran también de reojo.

sábado, 4 de mayo de 2013


 

La Comisión urge a España a actuar contra el paro “insoportable”

Las alarmantes cifras de desempleo que recorren Europa impiden dar por concluida la peor fase de la crisis. La Comisión Europea ha dibujado un panorama que prevé la vuelta al crecimiento solo en 2014, aunque ni siquiera está claro cómo lograrlo. La sombría previsión global de paro mantiene el pesimismo, con algunos países —España a la cabeza— donde incluso empeora. Con la amenaza social y política que representa una bolsa de desempleo cada vez más pesada, el vicepresidente de la Comisión y responsable Asuntos Económicos, Olli Rehn, restó énfasis.

Bruselas exhorta a hacer “todo lo que sea necesario” para aliviar las cifras. Da dos años más a España para cumplir con el déficit. Críticas indirectas de Rehn al BCE


Las alarmantes cifras de desempleo que recorren Europa impiden dar por concluida la peor fase de la crisis. La Comisión Europea ha dibujado un panorama que prevé la vuelta al crecimiento solo en 2014, aunque ni siquiera está claro cómo lograrlo. La sombría previsión global de paro mantiene el pesimismo, con algunos países —España a la cabeza— donde incluso empeora. Con la amenaza social y política que representa una bolsa de desempleo cada vez más pesada, el vicepresidente de la Comisión y responsable Asuntos Económicos, Olli Rehn, restó énfasis a la rápida corrección del déficit, hasta ahora al frente de las prioridades, y lanzó un inusual llamamiento a hacer “todo lo que sea necesario” para aliviar “los insoportables niveles de desempleo” en Europa.

Rehn da también dos años más a Francia y uno a Holanda para ajustar sus cuentas
España encabeza la lista europea del paro, aunque no es, ni mucho menos, el único país con graves problemas: la sobredosis de austeridad empieza a provocar estragos entre los grandes (Francia e Italia), entre los supuestamente virtuosos (Holanda) y por supuesto en la periferia. Pero más allá de comprobar que la lista de bajas no deja de aumentar, las previsiones de primavera eran fundamentales para el Gobierno español. En primer lugar, para obtener la certificación que dio Rehn de que Madrid contará con dos años más (hasta 2016) para reducir el déficit al 3% del PIB. Y también como forma de evaluar la credibilidad que otorga Bruselas a los vaticinios del Gobierno: la Comisión es aún más pesimista que el Ejecutivo para este año, y más optimista respecto a 2014. Con una importante salvedad: en el caso del déficit, los peores augurios se extienden a los dos ejercicios, especialmente a 2014.