martes, 26 de marzo de 2013

Planes de regularización y lucha contra el fraude
El próximo día 30 de abril finaliza el plazo de presentación del Modelo 720. Para los profanos, a través de esta declaración informativa de nuevo cuño se informa al fisco de los bienes y derechos que una persona física o jurídica posee en el extranjero. Nunca, hasta ahora, el incumplimiento de una obligación tributaria tuvo tanto peligro.
Esta nueva declaración tiene una importancia capital, no solo por las sanciones que pueden imponerse como consecuencia de su no presentación o de su presentación incorrecta, sino porque  el descubrimiento por parte de la Administración de bienes y derechos situados en el extranjero y no declarados en plazo, puede conllevar que el despistado contribuyente se encuentre con que Hacienda liquide la aparición de estos bienes “ocultos” como un incremento no justificado de patrimonio en IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades.
Por si esto fuera poco, el contribuyente se puede encontrar, además, con la imposición de una sanción de hasta el 150 % de la cuota tributaria resultante. Todo lo anterior, sin que el contribuyente pueda oponer a la actuación de Hacienda la prescripción de su derecho a liquidar. En suma, entre cuota, sanciones e intereses, la avería puede ser completa, poniendo en peligro gran parte o todo el patrimonio mantenido en el extranjero.
Podemos caer en el error de considerar que ésta es una obligación que únicamente incumbe a grandes patrimonios  con cuentas en Suiza o en cualquiera de los Paraísos Fiscales que pueblan el mundo. Nada más lejos de la realidad.
Piénsese en el ejemplo de multitud de españoles que disponen de segundas residencias en países como Francia o Portugal. Pues bien, incumplir la obligación de presentar el modelo informativo, siempre y cuando el contribuyente se encuentre obligado (la ley ha incluido un límite cuantitativo de 50.000 Euros por categoría de bienes declarables), puede conllevar las gravosas consecuencias económicas que hemos indicado anteriormente.
Adicionalmente, si la cuota asciende a más de 120.000 euros, el contribuyente puede encontrarse con un procedimiento penal por delito fiscal.
Evidentemente, con independencia de encontrarnos ante bienes y derechos obtenidos con rentas declaradas o no declaradas, la obligación de declarar es la misma. Como no puede ser de otra forma, en el caso de bienes adquiridos con rentas no declaradas, la prudencia aconseja, una vez pasado el tren de la coloquialmente denominada amnistía fiscal, regularizar este patrimonio no declarado antes de presentar la declaración informativa.
En definitiva, el endurecimiento de las medidas de lucha contra el fraude fiscal, unido a la presión ejercida por los países desarrollados en materia de intercambio de información a los paraísos fiscales, obliga al contribuyente a la presentación de la declaración, así como a la regularización del patrimonio situado en el extranjero y no declarado, antes del próximo 30 de abril.


Chipre calcula una quita del 40% para los depósitos no garantizados

 

26.03.2013 Expansión.com
El ministro chipriota de Finanzas, Michalis Sarris, calcula que la quita aplicada sobre los depósitos bancarios por encima de 100.000 euros podría rondar el 40%, aunque el porcentaje definitivo aún no se ha decidido.
"El porcentaje exacto aún debe decidirse, pero va a ser significativo. La gente con depósitos superiores a 100.000 euros deberá convertirlos en acciones de los bancos", indicó Sarris, quien, al ser preguntado si la quita podría llegar al 40%, admitió que "podría estar cerca". "Por lo que he visto esa es la cifra", señaló, según informa la cadena británica 'BBC 4'.
Por otro lado, los bancos chipriotas no abrirán sus puertas hoy, como estaba previsto, sino el jueves, 28 de marzo, según ha anunciado en la noche del lunes al martes el Banco Central de Chipre.
Un portavoz del organismo regulador había anunciado este lunes que todos los bancos, "con la excepción del Laiki Bank y el Banco de Chipre", abrirían este martes. Según esta primera orden, las dos mayores entidades del país permanecerían cerradas hasta el jueves.
Finalmente, ninguna entidad abrirá antes del jueves para facilitar el"funcionamiento tranquilo de todo el sistema bancario", según un comunicado hecho público por el Banco Central de Chipre esta noche. El organismo explica que el ministro de Finanzas ha aceptado su recomendación para los bancos permanezcan cerrados "hasta el [miércoles] 27 de marzo incluido".

domingo, 17 de marzo de 2013

A CAMBIO DE UN RESCATE DE 10.000 MILLONES

Chipre se someterá a un minicorralito y aplicará quitas a los depósitos

Los ministros de Economía y Finanzas de la zona del euro (Eurogrupo) han roto esta madrugada un tabú financiero: los depositantes de los bancos chipriotas deberán asumir pérdidas, incluso aquellos con cantidades inferiores a los 100.000 euros, teóricamente protegidos por los Fondos de Garantía de Depósitos nacionales.

 

La quita será del 6,75% para los depósitos y cuentas bancarias inferiores a 100.000 euros y del 9,9% para los importes superiores a esa cantidad, y tomará forma de "impuesto financiero de estabilidad". La aplicación será progresiva. Es decir, un depósito de 150.000 euros pagaría un 6,75% por los primeros 100.000 euros y un 9,9% por los 50.000 restantes.
La medida supondrá la imposición de un minicorralito: a partir del martes (el lunes es festivo en Chipre), las cantidades correspondientes a este impuesto quedarán retenidas y no podrán ser retiradas de las cuentas de los clientes, según ha informado Jörg Asmussen, miembro del Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo (BCE).
Según aseguró el ministro de Finanzas de Chipre, el Gobierno planea medidas compensatorias para los despositantes, entre las que plantea darles acciones de las entidades financieras reestructuradas.
Esta quita a los depósitos, con la que se pretende recaudar unos 5.800 millones de euros, ha sido una de las condiciones impuestas por el Eurogrupo y el Fondo Monetario Internacional para conceder un rescate a Chipre de 10.000 millones de euros.
El presidente del Eurogrupo, Jeroen Dijsselbloem, ha asegurado que era "inevitable" que los depositantes contribuyeran al rescate, dado la "excepcionalidad" del sector bancario chipriota. Dijsselbloem ha asegurado que por ello se han tenido que tomar decisiones "únicas".
En esta línea, Asmussen (BCE) ha afirmado que los depositantes de los países rescatados no tienen porqué temer un tratamiento similar al que van a recibir los ciudadanos chipriotas. Según Asmussen, estos países ya tienen sus necesidades de financiación cubiertas y no necesitan más desembolsos de los ya pactados.
Asmussen ha afirmado también que el BCE y el Banco de Chipre proveerán la liquidez al sistema financiero chipriota.
Sharon Bowles, presidenta del Comité de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo ha asegurado que esta medida es una quita encubierta. "El acuerdo del rescate de Chipre esun desastre para las normas comunitarias y el mercado único [...] Esta apropiación del dinero de los depositantes corrientes se va a regular como un impuestos, para tratar de evitar las leyes de garantía de depósitos de la UE. Roba a los pequeños inversores la protección que se les había prometido".
Posición de España
Según fuentes del Ministerio de Economía, este "es un buen acuerdo porque resuelve el problema de Chipre y al tiempo es un mensaje claro sobre la estabilidad y sostenibilidad del euro"
Estas fuentes matizan que "no es un corralito porque lo único que se va a retener es la tasa [...] y la gente puede mover su dinero libremente". "El impuesto se retendrá igual que se retiene el IRPF", aseguran.

lunes, 11 de marzo de 2013

Pagar el IVA al cobrar la factura no será tan fácil como parece






Pymes y autónomos descorcharon el miércoles las botellas de champán cuando el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció que podrán, a partir de 2014, aplicar el criterio de caja en la gestión del IVA. Dicho de otra forma, pagarán el IVA al cobrar la factura y no, como sucede ahora, cuando se emite. Acogerse al criterio de caja será voluntario y, a la espera de conocer la letra pequeña, los expertos ya advierten que conllevará efectos colaterales no deseados. Según Hacienda, el denominado criterio de caja podrá “beneficiar a 2,3 millones de autónomos y pymes”. Las previsiones más pesimistas apuntan a que apenas 100.000 compañías optarán por este régimen y, las más optimistas, elevan la cifra por encima de las 500.000. En cualquier caso, mucho menos de la mitad. Estos son los obstáculos:
 ¿Cuándo desgravar?
El IVA es, en teoría, un impuesto neutro para las empresas que recae sobre el consumidor final. En una operación entre dos empresas, la compañía que actúa como cliente soporta un IVA que podrá deducirse y el proveedor será el encargado de ingresar en Hacienda el impuesto que lleva aparejada la factura. El resultado fiscal de la suma siempre debería ser cero. Sin embargo, ello no siempre es así. Si una compañía paga tarde o no paga a su proveedor, éste se ve obligado a ingresar en Hacienda un IVA que no ha cobrado. Precisamente esta situación se pretende evitar con el llamado criterio de caja. Sin embargo, hay otra forma de verlo. Hasta ahora, una compañía también podía deducirse un IVA que no había pagado. En principio, el criterio de caja afectará tanto al pago como a la deducción. Dicho de otra forma: el proveedor que opte por el criterio de caja no ingresará el IVA hasta cobrar la factura y, su cliente, no podrá deducirse el IVA soportado hasta que no abone el importe de la operación. Solo la primera parte de la ecuación es la que beneficia a las empresas.
Doble contabilidad
Recurrir al criterio de caja será optativo para aquellas compañías con un volumen de facturación que no supere los dos millones de euros. Ello supone que, a partir de 2014, algunas compañías utilizarán el criterio de caja y otras mantendrán el criterio actual de devengo. Precisamente, este es el motivo por el que José Manuel de Bunes, exdirector general de Tributos y director de la oficina en Madrid de Arco Abogados, apunta que la medida anunciada por el Gobierno “es un disparate que va a complicar la vida a las empresas”.
En una nota del Gobierno se especifica que los clientes y proveedores de la pyme que se acoja al nuevo régimen “deberán utilizar el criterio de caja”. Eduardo Verdún, socio de Ernst & Young Abogados y exsubdirector general de Impuestos sobre el Consumo, señala que ello generará una suerte de doble contabilidad. En función de si sus proveedores aplican el criterio de caja o el de devengo, una empresa se deducirá el IVA en el momento de recibir una factura y, en otras ocasiones, en el momento de pagarla. Verdún, que en cualquier caso celebra la medida del Gobierno, apunta que ello genera una complejidad añadida. No es un tema menor. La gestión del IVA es uno de los trámites más farragosos para una empresa y que roba más tiempo. El presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, reconoce la dificultad técnica de materializar la medida del Gobierno y señala que toda esta problemática se está estudiando con Hacienda.
Legalmente, sería posible que el Ejecutivo permitiera que una empresa se desgravara siempre el IVA en el momento de emitir la factura con independencia de si su proveedor aplica el criterio de caja o de devengo. Sin embargo, como apunta Verdún, ese escenario resulta improbable. Hacienda difícilmente aceptará devolver un IVA que previamente no ha ingresado ni sabe cuando recaudará. En caso contrario, se originaría un serio problema a las arcas públicas, se fomentaría el fraude y las devoluciones de la Agencia Tributaria se convertirían en una fórmula de financiación sin interés
Grandes empresas
La normativa europea impide que la posibilidad de pagar el IVA al cobrar las facturas se aplique de forma generalizada y limita tal posibilidad a las compañías con un volumen de facturación que no sobrepase los dos millones. Ello significa que parte de las pymes y todas las grandes empresas seguirán aplicando el criterio de devengo. Sin embargo, cuando su proveedor sea una pyme acogido al criterio de caja, no podrán deducirse el IVA hasta que paguen la factura. Como ya se ha señalado, ello implica llevar una doble contabilidad y genera disfunciones en los sistemas administrativos e informáticos que tienen las grandes compañías. En este contexto, resulta probable que estas grandes corporaciones solo quieran mantener relaciones comerciales con pymes que mantengan el sistema de devengo, lo que supone un importante desincentivo para acogerse al criterio de caja. Amor, de ATA, reconoce este problema y apunta que se buscan fórmulas para sortearlo. Hay que tener en cuenta que precisamente son las grandes empresas las que establecen períodos de pago más largos, provocando que los proveedores deban ingresar en Hacienda un IVA que todavía no han cobrado.
Además, el Gobierno señala en su nota que si una sociedad opta por el criterio de caja, deberá mantenerlo “en todas las operaciones”. Es decir, una compañía no podrá aplicar uno u otro régimen en función de la voluntad de sus clientes.
De Bunes asegura que los posibles beneficios del nuevo régimen no compensan los problemas que ocasionará. En su opinión, la solución más práctica hubiera sido que las pymes pudieran aplicar el criterio de caja cuando sean proveedores de la Administración Pública que, habitualmente, paga con un retraso muy superior al privado. Además, el sector público no tiene derecho a deducción y, por lo tanto, actúa como consumidor final. En estos casos, no existe el problema de que la Agencia Tributaria pudiera devolver un IVA que no ha ingresado. Fuentes de Hacienda no descartan que se establezca un período transitorio en el que el régimen de caja solo se aplicaría a pequeñas empresas que son proveedoras de la Administración Pública.
 Mayor control fiscal
La letra pequeña del cambio de régimen en el IVA también incluirá, con toda probabilidad, un mayor control fiscal sobre aquellas compañías que opten por el criterio de caja. No está claro todavía qué tipo de nuevas obligaciones se establecerán pero resulta indudable que existirán. Hay que tener en cuenta que el hecho de que las compañías ingresen el IVA al cobrar la factura y no en el momento de emitirla supone que Hacienda perderá, en el corto plazo, ingresos. Y la Agencia Tributaria querrá establecer mecanismos para controlar que efectivamente el IVA se abona a las arcas públicas en el momento de cobrar la factura y no cuando a la empresa le convenga.
Una de las posibilidades pasa por obligar a las pymes a presentar en Hacienda los llamados libros registro de IVA, que incluyen el detalle de todas las facturas que una compañía emite y recibe. Este requisito actualmente solo se aplica para las compañías apuntadas al régimen de devolución mensual de IVA. Otra posibilidad es establecer una nueva declaración ad hoc para que Hacienda sepa exactamente cuando se cobra una factura.
Todas estas circunstancias son las que hacen prever que la mayoría de compañías se mantendrá en el régimen tradicional, aunque ello suponga pagar el IVA de facturas que no se han cobrado. Cada empresa deberá valorar si le compensa acogerse al nuevo criterio de caja. En cualquier caso, la medida sí que puede resultar muy útil para las empresas que tienen como principal cliente a la Administración Pública y sufren las consecuencias en su tesorería de la elevada morosidad y retraso en los pagos.